El pasado 30 de
diciembre, el Consejo de Ministros aprobó una serie de medidas urgentes en
materia presupuestaria y financiera para la corrección del déficit público.
Entre ellas y las referentes
a vivienda destacan:
Se recupera la desgravación en el IRPF por
adquisición de vivienda habitual en las mismas condiciones que existían hasta el 31 de diciembre de 2010.
Esta medida se aplicará con carácter retroactivo desde enero de 2011.
Se establece un IVA superreducido del 4 por
100 para la adquisición de todas las viviendas a partir de 2012. Con esta medida se pretende ayudar a la
reactivación del mercado de viviendas.
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Al objeto de que las Entidades Locales no
pongan en peligro el objetivo de estabilidad presupuestaria, se establece la aplicación transitoria y excepcional
durante los ejercicios 2012 y 2013 para los inmuebles urbanos de un incremento del tipo impositivo del IBI. Se
estima que la reforma supondrá un incremento de la recaudación para las Entidades locales de 918 millones de euros.
Este incremento se ha establecido de una
manera progresiva (10 por 100, 6 por 100, 4 por 100) atendiendo a la antigüedad de la revisión catastral y, por
tanto, a su adecuación al valor del mercado: a mayor antigüedad del valor, mayor subida. Además, para evitar penalizar a
las rentas más bajas, se ha excluido del incremento al 50 por 100 de las viviendas de menor valor de cada municipio,
siempre que sus valores catastrales hayan sido actualizados después de
2001.
También están exentas de esta subida las
viviendas cuyo valor catastral ha sido revisado en los años en que el valor de los inmuebles era más alto
(2005-2007). Tienen tipo del 4 por 100, entre otros, los siguientes municipios:
Madrid, Málaga, Oviedo, Segovia, Zamora,
Burgos, Gijón, Soria, Mérida, Alcalá de Henares, Alcorcón, Fuenlabrada y Móstoles.
Ejemplos:
Una
vivienda con un valor de mercado de 150.000 euros, cuyo valor catastral haya
sido revisado antes de 2002 pagaba 150 euros de media. Tras la medida, pagaría
165 euros, ya que el incremento absoluto de la cuota es de 15 euros. Si el
valor catastral de esta misma vivienda hubiese sido revisado después de 2002,
la reforma aprobada no supondría un incremento de la cuota.
Una
vivienda con un valor de mercado de 300.000 euros, cuyo valor catastral haya
sido revisado antes de 2002 pagaba 300 euros de media. Tras la medida, pagaría
330 euros y el incremento absoluto de la cuota sería de 30 euros. Si el valor
catastral de esta misma vivienda hubiese sido revisado entre 2002 y 2005, la
reforma supondría un incremento de la cuota entre 15 euros y 25 veinticinco
euros.