martes, 3 de enero de 2012

Medidas urgentes de orden económico y social



El pasado 30 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó una serie de medidas urgentes en materia presupuestaria y financiera para la corrección del déficit público.

Entre ellas y las referentes a vivienda destacan:


Se recupera la desgravación en el IRPF por adquisición de vivienda habitual en las mismas condiciones que existían hasta el 31 de diciembre de 2010. Esta medida se aplicará con carácter retroactivo desde enero de 2011.

Se establece un IVA superreducido del 4 por 100 para la adquisición de todas las viviendas a partir de 2012. Con esta medida se pretende ayudar a la reactivación del mercado de viviendas.


IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Al objeto de que las Entidades Locales no pongan en peligro el objetivo de estabilidad presupuestaria, se establece la aplicación transitoria y excepcional durante los ejercicios 2012 y 2013 para los inmuebles urbanos de un incremento del tipo impositivo del IBI. Se estima que la reforma supondrá un incremento de la recaudación para las Entidades locales de 918 millones de euros.

Este incremento se ha establecido de una manera progresiva (10 por 100, 6 por 100, 4 por 100) atendiendo a la antigüedad de la revisión catastral y, por tanto, a su adecuación al valor del mercado: a mayor antigüedad del valor, mayor subida. Además, para evitar penalizar a las rentas más bajas, se ha excluido del incremento al 50 por 100 de las viviendas de menor valor de cada municipio, siempre que sus valores catastrales hayan sido actualizados después de 2001. 

También están exentas de esta subida las viviendas cuyo valor catastral ha sido revisado en los años en que el valor de los inmuebles era más alto (2005-2007). Tienen tipo del 4 por 100, entre otros, los siguientes municipios:
Madrid, Málaga, Oviedo, Segovia, Zamora, Burgos, Gijón, Soria, Mérida, Alcalá de Henares, Alcorcón, Fuenlabrada y Móstoles.

Ejemplos:

 Una vivienda con un valor de mercado de 150.000 euros, cuyo valor catastral haya sido revisado antes de 2002 pagaba 150 euros de media. Tras la medida, pagaría 165 euros, ya que el incremento absoluto de la cuota es de 15 euros. Si el valor catastral de esta misma vivienda hubiese sido revisado después de 2002, la reforma aprobada no supondría un incremento de la cuota.

 Una vivienda con un valor de mercado de 300.000 euros, cuyo valor catastral haya sido revisado antes de 2002 pagaba 300 euros de media. Tras la medida, pagaría 330 euros y el incremento absoluto de la cuota sería de 30 euros. Si el valor catastral de esta misma vivienda hubiese sido revisado entre 2002 y 2005, la reforma supondría un incremento de la cuota entre 15 euros y 25 veinticinco euros.





No hay comentarios:

Publicar un comentario